Integración de la CIDH
Se tiene programado que los Estados miembros de la OEA se reúnan en Washington, Estados Unidos entre el 21 y 23 de junio para celebrar el 53 Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA. Durante ese tiempo se tiene previsto se lleve complete la elección de las personas que integrarán la CIDH para el período 2021-2027.
De acuerdo con el estatuto de creación de la CIDH esta es una “institución judicial autónoma cuyo objetivo es la aplicación e interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.
Dentro de su mandato, la CIDH recibe, analiza e investiga denuncias sobre violaciones de derechos humanos dentro de los Estados miembros de la OEA. También realiza visitas y publica informes especiales sobre la situación en materia de derechos humanos en determinado Estado miembro y recomienda que los países integrantes de la OEA adopten medidas cautelares para prevenir daños irreparables a los derechos humanos en casos graves y urgentes.
La CIDH está compuesta por siete jueces nacionales de los Estados que integran la OEA. La normativa estipula que los elegidos deben ser juristas de la más alta autoridad moral, de reconocida competencia en materia de derechos humanos, que reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio de las más elevadas funciones judiciales, conforme a la ley del Estado del cual sean nacionales o del Estado que los postule como candidatos.
El reglamento de la CIDH establece que los jueces son electos para un mandato de seis años y sólo pueden ser reelectos una vez.
Además se encuentra regulado que seis meses antes de la celebración del período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, previa a la terminación del mandato para el cual fueron elegidos los jueces de la CIDH, el secretario general de la OEA pedirá por escrito a cada Estado parte en la Convención, presentar sus candidatos dentro de un plazo de 90 días.
Posteriormente el jefe de la OEA preparará una lista en orden alfabético de los candidatos presentados, y la comunicará a los Estados partes, de ser posible, por lo menos treinta días antes del próximo período de sesiones de la Asamblea General de la OEA.
La elección de los jueces se realiza en votación secreta y por mayoría absoluta de los Estados partes en la Convención. Entre los candidatos que obtengan la citada mayoría absoluta, se tendrán por electos los que reciban mayor número de votos.