Suspicacia por modificación del presupuesto
Malas experiencias la preceden.
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Malas experiencias la preceden.
El viernes pasado atendí a Carlos Anleu, de Radio Punto, para conversar sobre las modificaciones aprobadas por el Congreso de la República el 1 de los corrientes a la Ley 16-2021 del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado para 2022. Conviene recordar que la norma que establece el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado es de índole constitucional (artículo 237), de la cual deriva la Ley Orgánica del Presupuesto (Ley 101-97). La disposición constitucional establece un “fondo común indivisible” para todos los ingresos y para cubrir todos los egresos; mientras el segundo cuerpo legal determina que los “saldos de efectivo que permanecieren en las cajas de las dependencias del Estado al 31 de diciembre de cada año, y que no correspondieren a obligaciones pendientes de pago a esa fecha, debidamente documentadas, deberán reintegrarse a la Tesorería Nacional”. La primera reforma al Presupuesto 2022 (artículo 41)
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