El artículo 166 de la Constitución de la República contempla el derecho de los diputados a interpelar a ministros y viceministros, como un medio de fiscalización del Legislativo sobre cualquier tema o negocio que realiza el Ejecutivo, sobre todo cuando no hay transparencia o es evidente la incapacidad de ejecución de determinado ministerio. La interpelación puede considerarse como un juicio político en contra de los ministros, quienes son citados para responder a una agenda de preguntas y temas específicos, con el fin de concederles la oportunidad para que expliquen todo aquello que, a juicio de los diputados interpelantes, se ha…