Jurisdicción indígena: sistemas en competencia
Ello implica que una autoridad (la Corte Suprema) debe vigilar el respecto a esos límites.
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Ello implica que una autoridad (la Corte Suprema) debe vigilar el respecto a esos límites.
En el contexto del diálogo para reformar el sector justicia del país (incluyendo cambios a la Constitución), en las últimas semanas se ha estado debatiendo sobre el reconocimiento de la jurisdicción indígena. Aunque el análisis del tema puede ser complejo –o hasta polémico–, podría ser esclarecedor si se enfoca desde la perspectiva del análisis del pluralismo jurídico. El pluralismo jurídico es la coexistencia dentro de un Estado de diversos conjuntos de normas jurídicas, situación que se da (sea de hecho o de derecho) en todos los sistemas jurídicos en los que junto al sistema central (oficial) de justicia coexisten otros sistemas reconocidos como, por ejemplo, la lex mercatoria (en el campo del derecho internacional público) o las normas y códigos eclesiales (en el campo del derecho religioso). El pluralismo jurídico es una realidad (reconocida en muchos países, desarrollados o no) porque, contrario a lo que sostiene el positivismo jurídico, el
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