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Nuevamente, la Policía, con el pretexto de combatir la delincuencia, está colocando retenes en distintas calles y avenidas de los centros urbanos, así como en carreteras en todo el territorio nacional en general. Estos retenes, además de provocar lamentables congestionamientos y obstrucciones al tránsito, no son eficaces y algunos paran prestándose para extorsionar a incautos e intimidados ciudadanos, especialmente aquellos de escasos recursos que no están informados de sus derechos y son víctimas vulnerables al abuso y a la arbitrariedad de policías corruptos ávidos de “sacar raja” a su ventajosa posición.
El pobre es el que cae víctima de la “autoridad”, bajo la consabida amenaza de que si no “saluda al remo” le imponen una onerosa multa o le requisan el vehículo en el mejor de los casos, y en el peor va a dar a la cárcel bajo la sindicación de tenencia de drogas, estado de ebriedad, intento de soborno o atentado (agresión a la “autoridad”).
Además, todos sabemos que un sinnúmero de crímenes se ha consumado a base de colocar supuestos retenes cerca de zonas residenciales o lugares de trabajo de las víctimas, en los que los criminales están disfrazados de policías o, peor aún, son policías de verdad.
No obstante, los retenes nocturnos son el mayor abuso en que incurren los policías, porque, bajo las sombras de la noche, se hace el alto a los tripulantes de vehículos, se les obliga a bajar de los mismos, se registran los vehículos, se “cacha” a la gente y se aprovecha para cometer toda clase de excesos en contra de las indefensas víctimas.
Los registros de personas y vehículos de manera indiscriminada violan la Constitución, porque esta exige que ha de mediar causa justificada (calificada por juez) para el efecto, es decir una infracción legal determinada o, al menos, un indicio o sospecha debidamente acreditada.
Por otro lado, siendo el objetivo de los retenes nocturnos el registro de los vehículos, que son una extensión de la morada, vivienda o residencia de las personas, se incurre en otra violación constitucional, porque solo pueden ser registrados mediando orden judicial y nunca antes de las 6:00 horas ni después de las 18:00 horas.
En todo caso, los conductores de vehículos automotores deben exigir a los agentes policiales que se identifiquen plenamente y tener presente que solamente están obligados a exhibir su licencia de conducir vehículos automotores y los documentos del automóvil, si no se les indica y acredita la causa justificada específica del registro.
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El impacto de la pandemia está siendo enorme, pero ha podido ser peor.
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