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Mediante el Decreto 26-2016 del Congreso se incorporaron a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), así como a distintos reglamentos, varias disposiciones que restringen y criminalizan el ejercicio de la libertad de emisión del pensamiento, así como los derechos democráticos de participar en política y de elegir, ser electo y optar a cargos públicos. Nuestra Constitución establece: “Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido por ley o disposición gubernamental alguna. Quien en uso de esta libertad faltare al respeto a la vida privada o a la moral, será responsable conforme a la ley”; y, asimismo, dispone que “todo lo relativo a este derecho constitucional se regula en la Ley Constitucional de Emisión del Pensamiento”. Por otro lado, la Constitución también consagra como derechos fundamentales los derechos de participar en política y de
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