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El pasado martes, cobró vigencia el Decreto # 23-2018 del Congreso, por medio del cual se reforma el Artículo 407 N del Código Penal, que contiene el delito de financiamiento electoral ilícito, y se adiciona el Artículo 407 O del Código Penal, a través del que se crea el delito de financiamiento electoral no registrado. Dicho Decreto fue aprobado por el Congreso el 18 de octubre de 2018, sancionado por el Presidente de la República el 2 de noviembre de 2018 y publicado en el Diario Oficial el 5 de noviembre de 2018. La reforma del Artículo 407 N del Código Penal consiste en la supresión del párrafo segundo, que decía textualmente: “Se considera, asimismo, financiamiento electoral ilícito, toda contribución recibida en forma anónima, y las que no se registren en el libro contable que para el efecto deberá llevar la organización política”, cuya reforma fue exhortada por la Corte
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