Reducción del número de diputados
El número de diputados jamás debió exceder de 80.
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El número de diputados jamás debió exceder de 80.
Nuestra Constitución establece que el número de diputados es variable, de acuerdo a la población que tenga cada distrito electoral, debiéndose elegir, como mínimo, un diputado en cada uno; y, asimismo, dispone que deberá elegirse un número equivalente al 25 por ciento de diputados distritales por lista nacional. La Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), a su vez, ordena que se elegirá un diputado distrital más por cada 80 mil habitantes, lo que redundó en que se eligieran 158 diputados en las últimas cuatro elecciones legislativas (2003, 2007, 2011 y 2015). Por supuesto, si el censo poblacional se hubiera actualizado, el número de diputados habría rondado los 200.
En el proyecto de reformas a la LEPP que el Congreso envió a la Corte de Constitucionalidad, para su dictamen aprobatorio, se propone que el número de diputados sea fijo y que los diputados distritales sean 128 y que los diputados de lista nacional sean 32 (25 por ciento de los distritales), o sea que el número total de diputados sea 160, dos más que el número actual.
Por cierto, el actual número de diputados (158) es el mayor en la historia nacional. Veamos. Las Legislaturas 1966-70, 1970-4, 1974-8 y 1978-82 contaban, respetivamente, con 55, 51, 60 y 61 diputados. Por otro lado, las Asambleas Constituyentes instaladas en 1965 y 1985 se integraron con 80 y 88 diputados, respectivamente. Asimismo, las Legislaturas 1986-90, 1990-6 y 2000-4 se integraron con 100, 116 y 133 congresistas, respectivamente.
En los Acuerdos de Paz sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática y sobre Reformas Constitucionales y Régimen Electoral, suscritos por el Gobierno y la exguerrilla, se pactó un número fijo de 80 diputados.
Personalmente, sostengo que el número de diputados jamás debió exceder de 80, por tres razones básicas: A) Tanto las dos Legislaturas con 80 congresistas (1994-6 y 1996-2000) como aquéllas con un número mayor han sido de muy baja calidad; B) El gasto de mantenimiento de 158 diputados (o 160), así como de la aberrante burocracia del Congreso, además de discrecional e incontrolable, se ha vuelto obsceno e insolente para una población con tantas necesidades insatisfechas; y C) La elevación del número de diputados no ha fortalecido la democracia representativa.
En todo caso, la calidad de los diputados y el fortalecimiento de la democracia representativa solo se lograrán mediante la adopción del sistema electoral de representación mayoritaria (de voto uninominal o lista abierta), que permite al elector votar directamente por el candidato de su preferencia en el distrito donde reside y su voto no favorece directa ni indirectamente a otros aspirantes (lo que ocurre con el sistema de plurinominal o por planilla cerrada). Bajo el sistema uninominal, gana la elección el candidato más votado en una competencia abierta, directa y personal en cada distrito (tantos como diputados a elegir), lo que implica que el diputado efectivamente representa al electorado, además de que está más cerca de este y es menos dependiente del partido al cual pertenece. Asimismo, el representante no solo goza de mayor legitimidad, sino que también tiene un mayor grado de responsabilidad de cara al mismo electorado, ya que su reelección depende de su actuación. En dos platos, bajo el sistema uninominal el voto sí tiene poder.
Por tanto, propongo que se incorpore en la LEPP que el número de diputados por lista distrital sea 64 y que el número de congresistas por lista nacional sea 21 (25 por ciento de los diputados distritales), para un número fijo total de 80 congresistas; y que, asimismo, se adopte el sistema uninominal para la elección de diputados. ¡Exijámoslo! ¡Basta ya de ser espectadores!
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