La aplicación antojadiza del Artículo 113 constitucional
Jorge Gabriel Jiménez
Sociedad de Plumas
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Jorge Gabriel Jiménez
Sociedad de Plumas
Junto con el clamor ciudadano por contar con candidatos probos para los distintos cargos de elección popular, una parte de la ciudadanía exige la aplicación del Artículo 113 constitucional con el objetivo de contar con funcionarios con “capacidad, idoneidad y honradez”. Sin duda alguna, estas son características deseables para cualquier persona que aspire a optar a ser funcionario público. Sin embargo, la aplicación del Artículo 113 conlleva una limitación al derecho humano de elegir y ser electo, la cual si se pone en práctica de forma arbitraria dejará un nocivo precedente para futuras elecciones y el sistema democrático. El derecho de elegir y ser electo, se encuentra en la categoría de derechos políticos que tutelan las libertades públicas y propician el fortalecimiento de la democracia y el pluralismo político. Este tipo de derechos están orientados a proteger la participación del individuo en la sociedad. Ellos pueden ser restringidos por
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