PDH pide a los hospitales privados que cumplan con su deber y atiendan pacientes con COVID-19
Los centros de salud que se nieguen a atender infectados de coronavirus podrían ser sancionados.
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Los centros de salud que se nieguen a atender infectados de coronavirus podrían ser sancionados.
El Procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas, publicó este domingo un comunicado donde pide a los hospitales privados que brinden atención médica a las personas que se acerquen con síntomas de COVID-19 ya que de no ser así, estarían violando el Código de Salud.
Según Rodas, han recibido denuncias de personas con síntomas del virus que no han querido ser atendidas en algunos centros de salud privados y que según el Código de Salud, es responsabilidad de las entidades privadas, organizaciones no gubernamentales, organizaciones comunitarias y agencias de cooperación, participar en forma coordinada con las otras instituciones del sector, en la solución de los problemas de salud de acuerdo con las políticas, los reglamentos y normas que establezca el Ministerio de Salud y Asistencia Social (MSAS).
Por lo tanto, el PDH señaló que el MSPAS deberá promover y desarrollar acciones que atiendan la emergencia en todo el territorio nacional, ejercer la vigilancia técnica en el cumplimiento de la materia y emitir las disposiciones pertinentes conforme a las reglas que se establezcan, esto según el artículo 52 de dicho código.
El artículo 55 del Código de Salud, establece que “los establecimientos públicos y privados del Sector, deben proporcionar a los enfermos portadores de enfermedades transmisibles y de sus contactos, acceso al diagnóstico etiológico y a la atención de salud, en condiciones en que se respete su integridad personal y la confidencialidad del caso”.
De violar estas normas jurídicas, los establecimientos que se nieguen a atender a una persona que presente los síntomas de COVID-19 podrían incurrir en delito y podrían ser sancionados, por lo que el procurador recomendó al MSPAS, supervisar los hechos.
“Si de la investigación que realice el ministerio, se presumiere la comisión de un delito tipificado en leyes penales, su conocimiento y sanción corresponde a los tribunales competentes. Los funcionarios y empleados del Ministerio de Salud que en ejercicio de sus funciones, tengan conocimiento de la comisión de un hecho que pueda ser constitutivo de delito, deben denunciarlo inmediatamente a la autoridad competente, bajo pena de incurrir en responsabilidad”, especifica el artículo 216 de la ley mencionada.
Rodas sugirió a los establecimientos que cumplan con su obligación y proporcionen acceso al diagnóstico y atención de la salud que requieran todos sus solicitantes, tomando todas las medidas de prevención para evitar que otros pacientes o colaboradores se contagien.
#ComunicadoPDH | Ante la denegatoria de atención por parte de hospitales privados a pacientes sospechosos o positivos de #COVID19, el @PDHgt @JordanRodas pic.twitter.com/OIX5bVtVUf
— PDH Guatemala (@PDHgt) June 7, 2020
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