TSE admite a contratistas del Estado como candidatos
Pese a la prohibición en el Reglamento de la Ley Electoral, al menos 12 proveedores de entidades públicas han sido habilitados como aspirantes a alcaldes.
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Pese a la prohibición en el Reglamento de la Ley Electoral, al menos 12 proveedores de entidades públicas han sido habilitados como aspirantes a alcaldes.
Aunque hay candidatos que han sido proveedores de servicios al propio Tribunal Supremo Electoral (TSE) durante el periodo de prohibición, el Registro de Ciudadanos (RC) les ha autorizado su inscripción, de acuerdo con una verificación hecha por elPeriódico. En 2018, los magistrados del Tribunal Electoral eliminaron cuatro requisitos con los que se buscaba evitar que contratistas del Estado llegaran a cargos públicos; actualmente solo se les exige una declaración jurada, pero esta no ha sido garantía para que 12 contratistas se inscriban. Según el director del RC, Leopoldo Guerra, se considera contratistas a quienes vendan servicios públicos como arrendamientos de maquinaria, venta de materiales de construcción, entre otros, a las instituciones estatales. Sin embargo, el TSE no verifica si los candidatos cumplen con todos los requisitos previos que establece el Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP). Un ejemplo de que el Tribunal no verifica el
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