SAT recibe primer revés para acceder a informes bancarios
El caso contra una empresa importadora fue rechazado en el Tribunal y el fallo fue confirmado por la Sala.
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El caso contra una empresa importadora fue rechazado en el Tribunal y el fallo fue confirmado por la Sala.
La primera solicitud de acceso a la información bancaria presentada por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) fue denegada por el tribunal competente al igual que la apelación presentada ante la Sala especializada en casos tributarios y aduaneros.
Luis Fernando Aroche, magistrado de la Sala, explicó que las resoluciones se dieron en contra de la SAT por considerar que “no había propósito tributario” para autorizar el acceso a la información bancaria en el caso.
La SAT presentó la solicitud para obtener el acceso a las cuentas de una empresa importadora, luego de que determinó que en un periodo de seis meses se le hicieron 35 inspecciones por el selectivo rojo y en todas las verificaciones se hicieron ajustes.
En la aduana se hizo el ajuste y el contribuyente en las 35 ocasiones aceptó y pagó sus obligaciones. Aun así, la SAT solicitó la información argumentando que existía duda razonable, comentó el magistrado sin ofrecer detalles del caso.
Con la información bancaria del contribuyente, la SAT buscaba establecer si el importador tenía impuestos omitidos que se podrían recuperar a favor del fisco y si la mercadería había ingresado subvalorada.
Para Juan Carlos Casellas, encargado de asuntos fiscales de Mayora & Mayora, la SAT debe recurrir a solicitar información de las cuentas bancarias de un contribuyente como último recurso, es decir que primero deben completarse todas las investigaciones dentro de los procesos de fiscalización y si queda “duda razonable” pedir la autorización al juez.
“La información a la que tenga acceso tiene que tener trascendencia fiscal”, agregó Casellas, durante su presentación en el foro organizado por la Asociación Bancaria de Guatemala (ABG).
Al respecto, Wendy Meléndez, jefe del Departamento de Tecnología y Gestión de la Información de la SAT, comentó que se tiene que fundamentar la duda razonable para presentar las solicitudes ante un juez.
Otro de los temas que todavía carece de claridad es el periodo de aplicación del acceso a la información bancaria. La norma cobro vigencia el 23 de febrero pasado y la SAT aplicaría el periodo de prescripción de cuatro años que tiene para fiscalizar.
El mes anterior, el intendente de Fiscalización, Leonel Villamar, comentó que la SAT ha identificado al menos 50 casos en los que se podría solicitar el acceso a la información bancaria.
Resguardo de la información
> En julio la SAT denunció ataques a su sistema informático, por lo que reforzó las herramientas de seguridad. De acuerdo con el Departamento de Tecnología y Gestión de la Información de la SAT, se utiliza información cifrada con una clave a la que tiene acceso el analista del caso, solamente desde las computadoras de la entidad. Se tiene tres filtros para protección de la información.
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