Ley de secreto bancario exige orden a contribuyentes
Con la nueva regulación del “secreto bancario” se deberá ser más ordenado para respaldar los depósitos bancarios.
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Con la nueva regulación del “secreto bancario” se deberá ser más ordenado para respaldar los depósitos bancarios.
La entrada en vigencia de la Ley para el Fortalecimiento de la Transparencia Fiscal y la Gobernanza de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) exige al contribuyente y a las empresas una mayor disciplina en el manejo de las operaciones que registre en sus cuentas bancarias.
El consultor fiscal Óscar Chile Monroy participó en la conferencia sobre “La bancarización y levantamiento del secreto bancario”, organizado por la Cámara de Comercio e Industria Guatemalteco Mexicana (Camex), en donde indicó que uno de los mensajes clave de la nueva disposición fiscal es que las operaciones bancarias estén “debidamente documentadas”.
El Decreto 37-2016, que modificó la regulación para mayor flexibilidad en la reserva de las operaciones bancarias –secreto bancario- y entra en vigencia el 23 febrero, permite a la SAT recibir información de los bancos sobre las transacciones de un cuentahabiente en plazos más breves una vez la autorice un juez.
En el caso de las empresas explicó que, si se recibe un ingreso, se debe tener un documento que lo respalde, caso contrario, podría ser percibido como una falta por el ente fiscalizador. Asimismo, ante un potencial cuestionamiento por parte de la SAT tener la información disponible para cumplir con los plazos de entrega y no caer en una infracción que se entienda como resistencia a la acción fiscalizadora.
Para una persona propietaria de una empresa sugirió cuentas bancarias independientes: una para los ingresos personales y la otra para las ganancias de su negocio. “Se tiene un mayor control y transparencia para cumplir con la Ley”, dijo al explicar que el banco trasladará las cuentas a nombre del contribuyente, sin distinguir el origen. “Se está en una desventaja sobre la información que reciba la SAT, pese a que se pueda respaldar”, agregó.
Si la persona recibe un ingreso por arrendar un inmueble lo recomendable es que emita factura, por muy bajo que sea el alquiler.
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