En Honduras se aprobó la legislación en 2011 y en dos semanas las compañías deben presentar la información requerida; Nicaragua la aplicará en 2016 y Guatemala aprobó la legislación desde 2012, pero será hasta este ejercicio que se tiene la obligación de reportar los estudios ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
Adrián Romero, socio director de Grupo Consultor EFE, explicó que más allá de las multas en que se puede incurrir por incumplir con los estudios de PT; se tiene el riesgo de ser acusado de resistencia a la acción fiscalizadora de la SAT y de los ajustes correspondientes.
Entre los temas más supervisados, Romero enumeró las regalías, ventas de intangibles, intereses en préstamos, comisiones, arrendamientos de bienes intercompañías y servicios.
Avanzan
Aunque la normativa de PT aplica para empresas con operaciones con partes vinculadas en el extranjero, en un plazo de tres años se podría dar un cambio.