La Constitución establece que el Procurador de los Derechos Humanos (PDH) es un comisionado del Congreso para la defensa de los derechos humanos que esta garantiza. Tiene a su cargo, entre otras, las funciones de supervisar la administración; promover el buen funcionamiento y la agilización de la gestión administrativa gubernamental, en materia de derechos humanos; investigar y denunciar comportamientos administrativos lesivos a los intereses de las personas; investigar toda clase de denuncias que le sean planteadas por cualquier persona, sobre violaciones a los derechos humanos; emitir censura pública por actos o comportamientos en contra de los derechos constitucionales; y promover acciones y recursos, judiciales o administrativos, en los casos en que sea procedente.
El PDH debe ser elegido por el Congreso, con el voto favorable de, por lo menos, las dos terceras partes de los congresistas, de una terna de candidatos propuesta por la Comisión de Derechos Humanos del Congreso (CDHC), para un improrrogable período de funciones de 5 años. Debe reunir las calidades de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y goza de las inmunidades y prerrogativas de los diputados al Congreso. En todo caso, para ser magistrado de la CSJ se requiere ser guatemalteco de origen, de reconocida honorabilidad, estar en el goce de sus derechos ciudadanos, ser abogado colegiado, ser mayor de 40 años y haber desempeñado un período completo como magistrado de la Corte de Apelaciones o de los tribunales colegiados que tengan la misma calidad, o haber ejercido la profesión de abogado por más de 10 años.
La Ley de la CDHC y del PDH (Decreto # 54-86) establece que el cargo de PDH es “incompatible para el desempeño de otros cargos públicos, de cargos directivos de partidos políticos, de organizaciones sindicales, patronales y de trabajadores, con la calidad de ministro de cualquier religión o culto y con el ejercicio de la profesión”. La terna de candidatos a PDH propuesta por la CDHC, para el período de funciones 2012-2017, está integrada por Jorge Eduardo De León Duque, actual diputado al Congreso; Irma Elizabeth Palencia Orellana, excoordinadora de las delegaciones departamentales del PDH, y José Alejandro Córdova Herrera, actual magistrado de la Sala 4a. de la Corte de Apelaciones.
Inequívocamente, la ciudadanía espera que la elección del PDH se lleve a cabo exclusivamente sobre bases de capacidad, idoneidad y honradez.
Este espacio es para promover el diálogo, compartir, discutir y argumentar sobre el artículo publicado, únicamente.
Se prohíben mensajes que contengan:
Nos reservamos el derecho de editar o eliminar cualquier mensaje que no cumpla con las condiciones anteriores. Y de ser necesario bloquear a usuarios.
Al participar, acepta las reglas y el aviso legal.
6 comentarios: