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Guatemala, martes 15 de mayo de 2012

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Opinión:

Dos formas de verlo

Con la Constitución en la mano o solo con la ley.

Acisclo Valladares Molina

Fuente menor Fuente normal Fuente grande

La Constitución Política de la República establece que nadie puede ser condenado, ni privado de sus derechos, sin haber sido citado, oído y vencido en juicio, así como que es derecho ciudadano el optar a cargos públicos. Sin embargo, una ley ordinaria, contradiciendo lo que la Constitución establece, prohíbe que pueda optar quien no tenga finiquito.

 

¿Carecer del finiquito equivale a una condena?

 

De conformidad con la Constitución solo podría privarse a un ciudadano de su derecho constitucional de optar a cargos públicos si, habiendo sido citado, oído y vencido en juicio, se le hubiere privado del derecho. 

 

¿Dónde está, en este caso, la condena?

 

No se puede construir un Estado de Derecho, amigo lector, atropellando la Constitución; ¡y la Constitución no admite “peros”!

 

Desde un punto de vista circunscrito a las leyes ordinarias, haciendo caso omiso de la Constitución –esta es la forma errada de verlo–, no puede optarse al cargo si no se tiene el finiquito y aunque no se hubiere producido condena alguna que lo impida. 

 

Para quienes aplicamos la Constitución –no se trata esta de una simple suma de “buenas intenciones”, sino de estricto Derecho, el más alto de los Derechos, Derecho que no puede ser contradicho, ni tergiversado, so pena de nulidad y delito– hacer el nombramiento de un ciudadano que no haya perdido su derecho no constituye nombramiento ilegal alguno. 

 

Para quienes creen que la Constitución carece de aplicación directa –una de las grandes causas de nuestros males–, el nombramiento de la persona que carece de finiquito, aunque no haya sido citada, oída y vencida en juicio (condenada, así, a perder el derecho de optar a cargos públicos) es un nombramiento ilegal, tal el tenor de la ley ordinaria que contradice y tergiversa la Constitución.

 

¿Colofón? Sigamos plagados de leyes inconstitucionales y sostengamos la jungla en que vivimos. ¡Esa ha sido siempre nuestra realidad! O hagamos de la Constitución un cuerpo vivo. 

 

Atenidos al criterio errado (¡vaya criterio!), trasladado el Director del San Juan de Dios, al Roosevelt, por ejemplo, no podría “optar” al nuevo cargo si no tuviere finiquito, pero sí podría permanecer 20 años en el anterior sin que lo tenga. ¡Por favor!

 

Por otra parte ¿por qué fue abandonado por la prensa el tema de la sobrevaloración de las medicinas? ¡Hummm!

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6 comentarios:

  1. Acisclo Valladares Molina: (2012-05-15 17:34:37 horas)
    ¿Que pas´o con las mecicinas sobrevaloradas, ged bobadilla? ¿Algún interés?
  2. Hada De León: (2012-05-15 14:58:16 horas)
    Señor Valladares, la pregunta que yo me hago es, si usted y algunos otros conocedores de la Constitución consideran que algunas leyes ordinarias contravienen la constitución, porque entonces no presentaron los recursos de inconstitucionalidad correspondientes cuando dichas leyes fueron promulgadas? Usted ha participado en varios gobiernos, porque entonces no hizo tan valiosas observaciones antes? La verdad es que siempre los políticos hacen leyes ambiguas para usarlas cuando les conviene o decir que son inconstitucionales cuando no convienen!!!!!
  3. samuel gudiel: (2012-05-15 14:46:33 horas)
    el punto de vista de PROBIDAD ya que desde aqui es que se exige tener, esto es de caracter Etico, lo cual lo carecen quienes actuan y defiende lo actuado sin un plan de gobierno CERTERO.
  4. raul r. enriquez p.: (2012-05-15 13:06:58 horas)
    El defecto don Acisclo, nace del hecho que la Constitución sea un "compendio de ley; un verdadero intríngulis y no la Carta Fundamental con muy pocos artículos, que debiese ser. Por eso es que entra en contradicciones. Una cosa deben ser los derechos individuales y otra muy diferente los códigos legales del diario vivir.
  5. gad bobadilla: (2012-05-15 10:35:03 horas)
    la constitucion es la ley general y de ella se derivan las demas que deben de estar acorde a esos principios generales, como usted lo plantea no es mas que un silogismo, como lo han hecho la mayoria de abogados en guatemala y por eso, tenemos esta (in)justicia usted señor, apela a la constitucion falseando el planteamiento para defender causas indenfendibles mas de diez reparos por favor, un poco de verguenza, por lo demas, todos los presidentes, los diputados, ministros, el estado en general incluidos sus exitosos empresarios, desde 1986 se han pasado la constitucion por el arco del triunfo, incluido usted que ha sido parte del estado por mucho tiempo y yo no miro que nadie se preocupe cada vez que esto sucede, solo en algunos casos especiales ¿algun interes?
  6. Oscar Rodríguez: (2012-05-15 06:21:32 horas)
    Brillante exposición. ¿Par qué las garantías constitucionales, si no las respetamos?
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